«¿Puedo adelantar a este coche?» Quizás te hayas hecho esta pregunta antes, porque seguro que hay casos en los que surgen dudas. Especialmente si se tienen en cuenta algunas de las medidas recientes adoptadas por el Dirección General de Transportes (DGT), como B. No estar autorizado por el estado a exceder el límite de velocidad al adelantar; En ningún caso se debe exceder la velocidad máxima de la vía.
Si no has estado viviendo debajo de una roca, sabes que el tráfico era saludable y eliminaba la posibilidad de cruzar el límite de una carretera a 20 km/h para poder adelantar en una carretera secundaria. La institución gubernamental defiende esta posición tras analizar los casos de los alta tasa de accidentes apareció en las carreteras secundarias del país y porque en ningún otro país europeo era posible sobrepasar el límite de velocidad. Esto pone a España en pie de igualdad con sus vecinos europeos.
Pero para volver al tema real aquí, esta publicación pretende ser un recordatorio rápido de aquellas situaciones en las que no sabe si puede adelantar a otro automóvil o vehículo. Porque todo conductor sabe que delante de una línea continua o de una señal de prohibido adelantar Es ilegal cometer tal acto.. Pero, ¿y si no hay una marca que te diga lo contrario? ¿Puedes pasar otro cuando quieras? ¿Como en una calle de sentido único con poca visibilidad o en un túnel?
Tal como se define en el artículo 87 del Código General de Circulación, el adelantamiento está terminantemente prohibido “en cualquier lugar y bajo cualquier circunstancia en que la vista existente no es suficiente podrá realizar la maniobra o abstenerse de realizarla una vez comenzada, salvo que los dos sentidos de circulación estén claramente separados y la maniobra pueda efectuarse sin entrar en la zona reservada para el sentido contrario”. En otras palabras, el adelantamiento está prohibido en las siguientes situaciones postuladas por la DGT:
En curvas sin vista: si la pista no permite al conductor que quiere adelantar ver quién viene delante (niebla, lluvia, pista muy cerrada, árboles o edificios al costado de la carretera, etc.).
Detrás de un camión que adelanta: un vehículo tan masivo siempre obstruye la vista de quienes intentan adelantarlo. Cabe señalar que cuando hablamos de camiones nos referimos a cualquier vehículo de grandes dimensiones.
Al cambiar de marca sin visibilidad: La presencia de una doble pendiente en el camino impide una visión clara en la dirección opuesta y puede cegar a quienes se desplazan por ese lado.
En los pasos a nivel y sus alrededores: Cada vehículo por delante antes de llegar a una intersección y sus alrededores reduce la visibilidad lateral. Preste atención a las señales ópticas y acústicas.
En intersecciones y accesos: el vehículo de delante no puede ver los vehículos que se aproximan por la derecha. Sin embargo, hay cuatro excepciones a esta regla básica: se permite adelantar en rotondas (las personas que ya están dentro tienen prioridad), adelantar por la derecha, en vías prioritarias y en vehículos de dos ruedas.
En los pasos de peatones: Adelantar en un punto de paso de peatones implica una alta probabilidad de ser atropellado. Sólo hay dos excepciones: cuando se conduce tan despacio que es posible detenerse a tiempo sin riesgo de atropello, y los vehículos de dos ruedas que no perjudican la visibilidad.
En los túneles: esto incluye los pasos inferiores de dos carriles donde está prohibido adelantar si solo hay un carril; Habría que penetrar en sentido contrario, dentro de un camino ya estrecho y sin «evasiones».
Finalmente, recuerde que adelantar indebidamente a un Multa de 200 euros y pérdida de cuatro puntos de la licencia de conducir.
Fuente: DGT