Hemos tomado el Código Penal actualizado* para recordarle las infracciones de tránsito que pueden resultar en tiempo en la cárcel. Aquí van:
Art.379.1 Por exceder el límite de velocidad
Este artículo muestra la Prisión de tres a seis meses o multa posterior de seis a doce meses o trabajos comunitarios de treinta y uno a noventa díasa todos aquellos conductores que circulen con su vehículo a una velocidad en sesenta kilómetros por hora en las calles de la ciudad o ochenta kilómetros por hora en vías interurbanas por encima del valor permitido.
Independientemente de la sanción aplicada, el Suspensión de la licencia de conducir por un período de uno a cuatro años.
Art.379.2 Por consumo de alcohol y/o drogas
El consumo de alcohol tiene las mismas penas que el exceso de velocidad, que es una infracción muy grave Niveles de alcohol en aliento superiores a 0,60 miligramos por litro o con un nivel de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro.
El Código Penal no hace ninguna diferencia con la conducción bajo la influencia y corresponde al oficial de tránsito decidir si se debe imponer una pena de prisión.
Art.380 Por conducción temeraria
La conducción negligente que ponga en peligro la vida o la integridad de las personas es sancionada con pena privativa de libertad hasta la privativa de libertad inclusive. de seis meses a dos años de prisión. Asimismo, se revoca el permiso de conducción por un plazo de uno a seis años.
Art. 381 Por conducción temeraria con evidente desprecio por la vida ajena
En un inciso del artículo 380, el Código Penal prevé penas de prisión de dos a cinco años, multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación para conducir de seis a diez años a quienes conduzcan temerariamente en desacato a la vida ajena. gente.
Art.383 Por negarse a someterse a pruebas de alcohol y drogas
La negativa a realizar estas pruebas está sancionada con pena de prisión inmediata de seis meses a un año. Considere también la inhabilitación para conducir por más de un año y hasta cuatro años.
Art.384 Por conducir con licencia inválida o sin puntos
Las penas aplicables en estos casos son de tres a seis meses de prisión, de doce a veinticuatro meses multa o de treinta y uno a noventa días de trabajos comunitarios.
Las mismas penas se aplicarán a quienes conduzcan sin licencia.
Art. 385 Por causar peligros al tránsito de la siguiente manera
Comprenden la prisión de seis meses a dos años, la multa de doce a veinticuatro meses o la prestación de servicios sociales de diez a cuarenta días por cualquiera de estas dos cosas:
– Colocar obstáculos imprevistos en la calzada, derramar sustancias peligrosas y retirar o anular las señales de tráfico.
– No restablecer la seguridad en la circulación cuando exista obligación de hacerlo.
Fuente: Código Penal
*Actualizado a la fecha del artículo, 10/05/2018